AMPLIACIÓNDEPLAZO PARA PRESENTACIÓN DE ANEXOS TRIBUTARIOS
El Servicio de Rentas Internas, mediante resolución Nro. SRI-SRI-2020-0002-R de 20 de marzo de 2020, resolvió ampliar, por única vez, el plazo para la presentación de los siguientes anexos tributarios:
Anexo Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF);
Anexo de Información de Operaciones Gravadas y Relacionadas con el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas No Retornables (IBP);
Anexo ICE;
Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID);
Anexo de Notarios, Registradores de la Propiedad y Registradores Mercantiles;
Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores (APS) – Mensual;
Anexo de Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios (AFIC) – Mensual.
En ese sentido, la presentación de los antedichos anexos, que de acuerdo con la normativa tributaria vigente deba realizarse en los meses de marzo y abril de 2020, se extenderá de acuerdo con las condiciones y plazos previstos a continuación:
a) Los sujetos pasivos obligados a la presentación de los mencionados anexos en el mes de marzo de 2020, cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea el 5, 6, 7, 8, 9 o 0, podrán cargar dichos anexos, de acuerdo con el siguiente calendario:
b) Por otro lado, los sujetos pasivos obligados a la presentación de los indicados anexos en el mes de abril de 2020, podrán entregarlos, según el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), de acuerdo con el siguiente calendario:
Los contribuyentes que tengan su domicilio principal en la Provincia de Galápagos podrán presentar los respectivos anexos hasta el 7 de agosto de 2020, sin atender al calendario antes descrito.
Advertencia: Este boletín, no es ni podrá ser utilizado como asesoría u opinión legal, puesto que su contenido es estrictamente informativo.