RESOLUCIÓN CONSEJO DE LA JUDICATURA, RESPECTO AL RESTABLECIMIENTO PARCIAL DE ACTIVIDADES EN CORTE NACIONAL DE JUSTICIA Y CORTES PROVINCIALES, E IMPLEMENTACIÓN DE VENTANILLA VIRTUAL
El 7 de mayo de 2020, el Consejo de la Judicatura emitió la Resolución No. 045-2020, que entrará en vigencia a partir del día lunes 11 de mayo de 2020, por medio de la cual se dispone lo siguiente:
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Restablecer parcialmente las actividades jurisdiccionales en la Corte Nacional de Justicia y en las Cortes Provinciales de Justicia, para el despacho de los procesos judiciales que se encuentran en trámite.
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Implementar la ventanilla virtual para la prestación del servicio de justicia, para lo cual se habilitará en la página web del Consejo de la Judicatura y de la Corte Nacional de Justicia, un formulario virtual para el ingreso exclusivo de escritos dentro de las causas en trámite. Los escritos deberán estar firmados electrónicamente.
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Habilitar ventanillas físicas para la recepción de escritos en la Corte Nacional de Justicia y en las Cortes Provinciales de Justicia, para lo cual se establecerá un mecanismo de turnos para la presentación de escritos.
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Los casos relacionados con garantías jurisdiccionales constitucionales, no están sujetas al mecanismo de turnos y se receptarán sin limitaciones.
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Las y los jueces que presenten condiciones de vulnerabilidad, conocerán y resolverán las causas relativas a garantías jurisdiccionales constitucionales, a través de medios telemáticos.
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La Corte Nacional de Justicia y las Direcciones Provinciales del Consejo de la Judicatura, definirán las modalidades, los horarios laborales, los horarios para la recepción de escritos en ventanillas físicas y la determinación del personal mínimo que se requiera para el cumplimiento de las labores.
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La Corte Nacional de Justicia, dentro de la esfera de sus atribuciones, emitirá una guía para la realización de videoaudiencias.
Nota: La Corte Nacional de Justicia sesionará el día de hoy, para tonar decisiones respecto de los términos y plazos que se encuentran actualmente suspendidos. La resolución que se adopte sobre este aspecto será informada en otro boletín.
Advertencia: Este boletín, no es ni podrá ser utilizado como asesoría u opinión legal, puesto que su contenido es estrictamente informativo